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MinHacienda pide a la Corte Constitucional rechazar suspensión del Decreto 1390 de 2025

Según el ministro Germán Ávila, la suspensión provisional de normas sometidas a control constitucional no está contemplada en el ordenamiento jurídico colombiano y modificaría sustancialmente el alcance de las competencias de la Corte.

Bogotá, enero 28 de 2026. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público solicitó a la Corte Constitucional declarar improcedente la suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025, al considerar que esta medida es excepcional, carece de respaldo normativo y no tiene precedentes en más de tres décadas de funcionamiento del alto tribunal.

La petición fue presentada por la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio como intervención formal dentro del proceso de control constitucional del decreto, en respuesta a las solicitudes elevadas por distintos demandantes para suspender sus efectos mientras se adopta una decisión de fondo.

Medida sin sustento jurídico

Según el Ministerio, la suspensión provisional de normas sometidas a control constitucional no está contemplada en el ordenamiento jurídico colombiano y modificaría sustancialmente el alcance de las competencias de la Corte.

“La suspensión provisional es una medida absolutamente extraordinaria y sin precedentes en la historia reciente del control constitucional”, señaló la cartera de Hacienda en su intervención.

El documento sostiene que aceptar esta figura implicaría crear una herramienta procesal nueva sin base legal, lo que afectaría la seguridad jurídica y la estabilidad normativa del país.

Defensa del Decreto 1390 de 2025

El Ministerio reiteró que el Decreto 1390 de 2025 fue expedido dentro del marco de las facultades constitucionales del Gobierno Nacional y responde a objetivos de política pública fiscal y financiera.

Asimismo, indicó que no se evidencia un perjuicio irremediable que justifique la suspensión inmediata de la norma, uno de los requisitos que usualmente se exige en otros escenarios judiciales para adoptar medidas cautelares.

La entidad subrayó que el análisis de constitucionalidad debe realizarse a través del estudio de fondo por parte de la Corte, sin recurrir a mecanismos extraordinarios que anticipen efectos antes de un fallo definitivo.

Riesgos institucionales

En su argumentación, el Ministerio advirtió que permitir la suspensión provisional de decretos sometidos a control constitucional podría generar incertidumbre en la ejecución de políticas públicas y abrir la puerta a una judicialización temprana de decisiones del Ejecutivo.

También recordó que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado ya había solicitado el rechazo de las solicitudes de suspensión en una intervención previa presentada el 21 de enero de 2026.

El Gobierno Nacional insistió en que la Corte debe mantener su competencia tradicional de control posterior y definitivo de las normas, sin incorporar figuras que no han sido previstas por la Constitución ni por la ley.

Solicitud formal a la Corte

En conclusión, el Ministerio de Hacienda pidió al magistrado ponente y a la Sala Plena de la Corte Constitucional negar las solicitudes de suspensión provisional y continuar con el trámite ordinario del proceso de constitucionalidad del Decreto 1390 de 2025.

La decisión final quedará en manos del alto tribunal, que deberá pronunciarse tanto sobre la procedencia de la medida cautelar como sobre la constitucionalidad de la norma en un fallo posterior.

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