
Bogotá, febrero 25 de 2026. Una nueva batalla jurídica y económica se asoma en el horizonte del sistema pensional colombiano.
El gremio de las administradoras de fondos de pensiones (Asofondos) manifestó su “profunda preocupación” ante un proyecto de decreto del Ministerio del Trabajo que obligaría a girar millonarios recursos hacia el sector público en un plazo de apenas 15 días.
El origen de la disputa: La “ventana de oportunidad”
La controversia gira en torno al Artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 (Reforma Pensional). Este artículo permite que hombres con más de 900 semanas cotizadas y mujeres con más de 750, que estén a menos de 10 años de pensionarse, puedan trasladarse de régimen. A la fecha, 118 mil ciudadanos han optado por este camino, sumando un ahorro de $25 billones.
¿Qué dice la Ley vs. Qué busca el Decreto?
Según Asofondos, el proyecto de decreto contradice la normativa vigente en dos puntos fundamentales:
- Custodia del ahorro: La Ley 2381 establece que los saldos deben seguir siendo administrados por las AFP (Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos) hasta que el afiliado consolide su derecho a la pensión. El decreto, en cambio, exige el traslado inmediato.
- Destino de los fondos: La ley ordena que, al momento del retiro, el dinero pase al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo manejado por el Banco de la República, para garantizar pagos futuros. El gremio denuncia que el decreto permitiría que Colpensiones disponga de esos recursos ahora, posiblemente para aliviar la presión sobre el Presupuesto General de la Nación.
Impacto en la sostenibilidad fiscal
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, fue enfático al señalar que esta medida “agravaría aún más la sostenibilidad futura de la reforma y de las finanzas públicas”.
Según el dirigente, el uso de estos recursos de forma contraria a la ley implica una afectación directa al ahorro pensional que el Congreso quiso preservar mediante una estructura de pilares.
El llamado al Gobierno
El gremio solicitó una revisión técnica profunda de la iniciativa, calificándola de “inconveniente a todas luces”. Argumentan que el mecanismo de traslado actual está vigente y produciendo efectos, pues fue exceptuado de la suspensión que la Corte Constitucional hizo de otros apartes de la reforma en 2025.
