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DIAN aclara alcances del decreto de Emergencia Económica y detalla nuevas medidas tributarias

Director general encargado de la DIAN, Carlos Emilio Betancourt Galeano

Bogotá, enero 15 de 2026. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hizo precisiones sobre el Decreto 1474 de 2025, expedido en el marco de la Emergencia Económica, con el objetivo de aclarar el alcance de las medidas tributarias adoptadas y responder a las inquietudes surgidas en distintos sectores del país.

Según la entidad, las disposiciones buscan recaudar recursos extraordinarios, temporales y proporcionales para atender los impactos derivados de la emergencia económica, sin generar efectos desproporcionados ni afectar las finanzas públicas de las entidades territoriales. La DIAN subrayó que todas las medidas cuentan con soporte técnico y se ajustan a los principios constitucionales.

Equilibrar la carga tributaria

Entre los principales cambios tributarios definidos en el decreto, la DIAN destacó el aumento de la base gravable del impuesto al patrimonio, con tarifas marginales progresivas de hasta el 5% para patrimonios superiores a $2.100 millones, una vez descontadas las deudas y excluidos los primeros $628 millones correspondientes a la vivienda familiar.

Otro de los ajustes relevantes es el incremento de 15 puntos porcentuales en la tarifa del impuesto de renta para las entidades financieras. De acuerdo con la DIAN, esta decisión busca equilibrar la carga tributaria del sector, que actualmente registra tasas efectivas inferiores a las de otros sectores estratégicos como la agricultura o la industria manufacturera.

En materia de comercio exterior, el decreto reduce el umbral de exclusión del IVA para importaciones de bajo valor en la modalidad de tráfico postal, conocido como principio de minimis, que pasa de US$200 a US$50. Con esta medida, el Gobierno busca igualar las condiciones entre los productores nacionales que pagan IVA y los productos importados que antes estaban exentos.

El decreto también introduce cambios en la tributación de bebidas alcohólicas. Se aumenta del 5% al 19% la tarifa del IVA para licores de alto contenido alcohólico como aguardiente, ron, whisky, vodka y brandy, equiparándola a la que actualmente paga la cerveza. 

Además, se fortalece el impuesto al consumo para estas bebidas, lo que, según estimaciones oficiales, podría traducirse en incrementos de precios cercanos al 8,7% durante la vigencia del decreto. La DIAN recordó que, aun con estos ajustes, los precios de los licores en Colombia se mantienen por debajo del promedio internacional.

En el caso del tabaco y sus sustitutos, el decreto refuerza el impuesto al consumo, teniendo en cuenta que los precios de los cigarrillos en el país han estado significativamente por debajo del promedio mundial, pese a sus efectos nocivos sobre la salud.

Otra precisión importante se refiere a las casas de apuestas en línea, que continuarán pagando IVA y deberán expedir facturación electrónica, con el fin de equiparar las condiciones frente a las apuestas presenciales, que ya están gravadas con este impuesto.

Adicionalmente, se confirmó que el impuesto del 1% a la extracción de petróleo y carbón, establecido mediante el Decreto 175 de 2025, se mantendrá después del 31 de diciembre de 2025. Este gravamen se aplica en la primera venta o exportación y, según la DIAN, no afecta a los pequeños productores mineros.

Finalmente, el decreto incorpora un régimen transitorio de alivio para personas y empresas con deudas tributarias. Este contempla reducciones en sanciones e intereses moratorios, así como un impuesto de normalización a una tarifa preferencial del 19% para contribuyentes con activos omitidos o pasivos inexistentes.

Con estas aclaraciones, la DIAN reiteró que el propósito central del decreto es atender la emergencia económica con responsabilidad fiscal, garantizar el equilibrio de las finanzas públicas y fortalecer la equidad del sistema tributario.

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