
Washington, febrero 23 de 2026. En un giro dramático para el comercio internacional, el gobierno de los Estados Unidos anunció la imposición de un arancel global de emergencia, efectivo a partir del 24 de febrero de 2026.
La medida surge como respuesta inmediata a un fallo de la Corte Suprema que limitó los poderes presidenciales para imponer tarifas bajo leyes de seguridad nacional (IEEPA), obligando a la Casa Blanca a invocar una herramienta poco utilizada: la Sección 122.
El nuevo escenario: Recargo del 10%
La Proclamación del 20 de febrero establece un recargo ad valorem del 10% sobre las importaciones. Según el análisis de AmCham Colombia, esta medida tiene las siguientes características clave:
- Vigencia: Inicialmente por 150 días.
- Objetivo: Abordar problemas fundamentales en la balanza de pagos de EE. UU.
- Excepciones: Se han publicado anexos (I y II) con listas de productos que quedarían exentos del cobro, lo cual es vital para los sectores exportadores colombianos.
La incertidumbre del 15%
A pesar de que el documento oficial marca un 10%, una reciente comunicación del presidente Trump en la red Truth Social manifestó su intención de elevar dicha tasa al 15%.
No obstante, las autoridades aduaneras (CBP) aún no han recibido la orden administrativa para aplicar este incremento, manteniendo el 10% como la cifra de referencia para la operación logística inmediata.
Reacción en Colombia
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia ha calificado este escenario como una oportunidad para “proteger el empleo y consolidar sectores productivos”, mientras se analiza el alcance jurídico del fallo.
La Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham) enfatizó que este documento es informativo y que los empresarios deben buscar asesoría legal específica para navegar las nuevas guías de la sección 122.
